
La administración de Dina Boluarte informó que los trabajadores del sector público recibirán 500 soles por concepto de aguinaldo y, en algunos casos, adicionalmente un bono de 550 soles, los cuales se efectuarán antes de que termine diciembre para que se le pueda dar uso, si fuera el caso, en las celebraciones de Navidad y Año Nuevo.
“Vamos a dar un aguinaldo mayor a los trescientos soles que se daba toda la vida. 500 soles vamos a dar de aguinaldo a la población peruana, a los que están dentro de las planillas y reciben su aguinaldo en cada Navidad”, dijo Boluarte en medio de una semana de violentas manifestaciones de protesta por su designación como jefa del Estado en reemplazo de Pedro Castillo.
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Por disposición de la cartera de Economía y Finanzas, el monto será entregado a las personas que trabajan en el sector público, junto con la planilla de pagos regular. Varios son los trabajadores públicos que ya esperan con ansias el cobro para poder hacer uso del dinero antes de que finalice el año. Otros ya piensan en pagar alguna deuda o para gastarlo con la familia.

En Perú, 4,5 millones de trabajadores formales, de un total de 17 millones de la población ocupada, reciben una gratificación laboral, si están en el sector privado, o un aguinaldo, si pertenecen al sector público. El problema es que un 80 % de la población ocupada trabaja en la informalidad y no goza de estas gratificaciones.
Los pagos se entregan dos veces al año, uno de ellos en Navidad, y equivalen a la cuantía del sueldo, más el aporte de asignación familiar y el porcentaje que corresponde por seguro social de salud.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dispuso que el pago del aguinaldo alcance a trabajadores estatales, docentes universitarios, personal de salud, así como:
– Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N.º 276, la Ley N.º 29944 y la Ley N.º 30512.
– Los docentes universitarios a los que se refiere la Ley N.º 30220.
– El personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N.º 1153.
– Los obreros permanentes y eventuales del sector público.
– El personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
– Los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N.º 15117, los Decretos Leyes N.º 19846 y N.º 20530, el Decreto Supremo N.º 051-88-PCM y la Ley Nº 28091.

– Haber estado laborando al 30 de noviembre del presente año, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones, o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley N.º 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
– Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses al 30 de noviembre de este año. Si no contara con el referido tiempo, dicho concepto se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.
Según la norma emitida por el gobierno, el aguinaldo será incluido en la planilla de pagos correspondiente a diciembre de 2022. Hay un cronograma dependiendo de la institución a la que el trabajador pertenezca.

Lunes 19 de diciembre
– Presidencia del Consejo de Ministros.
– Poder Judicial.
– Ministerio de Justicia.
– Ministerio de Relaciones Exteriores.
– Ministerio de Economía y Finanzas.
– Universidades Públicas.
– Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.
– Contraloría General de la República.
– Defensoría del Pueblo.
– Junta Nacional de Justicia.
– Ministerio Público.
– Tribunal Constitucional.
– Ministerio de Defensa.
– Congreso de la República.
– Jurado Nacional de Elecciones.
– Oficina Nacional de Procesos Electorales.
– Registro Nacional de identificación y Estado Civil.
– Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
– Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura.
Martes 20 de diciembre
– Ministerio de Educación: UGEL 01, 03 y 07.
– Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación, excepto Dpto. de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Ancash, Loreto y Puno.
Miércoles 21 de diciembre
– Ministerio de Cultura.
– Ministerio de Educación: excepto UGEL 01,03 y 07.
– Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación Dpto. de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Áncash, Loreto y Puno.
Jueves 22 de diciembre
– Ministerio del Ambiente.
– Ministerio de Salud.
– Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
– Ministerio de Energía y Minas.
– Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
– Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
– Ministerio de la Producción.
– Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
– Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
– Gobiernos Regionales: todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y Agricultura.
Viernes 23 de diciembre
– Ministerio del Interior.
– Fuero Militar Policial.
La información que brindan algunos medios de comunicación sobre este bono es que el nuevo subsidio de 550 soles significará una carga fiscal de 316 millones de soles. Los beneficiarios que recibirán este bono serán los trabajadores públicos incluidos en los siguientes regímenes del gobierno nacional, regional y local:
– Decreto Legislativo N.° 276 (carrera administrativa del sector público)
– Decreto Legislativo N.° 728 (Ley de fomento del empleo)
– Decreto Legislativo N.° 1057 (régimen especial de contratación administrativa de servicios, CAS)
– Ley N.° 30057 (Ley del servicio civil)
– Ley N.° 29709 (Ley de carrera especial pública penitenciaria)
– Ley N.° 28091 (Ley del servicio diplomático).
De acuerdo a la Ley N.° 31638, se precisa que el bono de 550 soles se entregará de manera excepcional y por única vez en el mes de diciembre. Este apoyo económico “no tiene carácter remunerativo, no está afecto a cargas sociales y no es de naturaleza pensionable ni forma parte de los beneficios laborales”.
Los trabajadores que acceden a este pago excepcional deberán cobrar a través del Banco de la Nación, que atenderá de manera normal en los días previos a Navidad y Año Nuevo.
El lunes 26 y viernes 30 de diciembre de 2022, el BN atenderá en su horario regular de 8:00 a. m. a 5:00 p. m. En tanto, las 78 agencias con horario extendido mantendrán sus horarios de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 5:00 p. m. hasta el 31 de diciembre.
Asimismo, los días sábado 24 y 31 de diciembre la atención a nivel nacional se realizará en el horario habitual de 9:00 a. m. a 1:00 p. m. y en las 78 agencias con horario extendido se realizará de 8:00 a. m. a 1:00 p. m.

Para acceder al subsidio se deberá cumplir ciertos requisitos.
– Ser personal de Gobierno nacional y Gobiernos regionales que tengan vínculo laboral al mes de diciembre de 2022. Asimismo, estar registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y Datos de Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) al 30 de noviembre de 2022.
– Los trabajadores de Gobiernos regionales deben tener vínculo laboral hacia diciembre de 2022 y estar registrado en PDT PLAME de septiembre de 2022.

Dina Boluarte anunció el aumento de aguinaldo en medio de protestas contra su administración, el domingo 11 de diciembre, cuando acudió a varios canales de TV. La jefa de Estado reiteró desde entonces su llamado al diálogo y a la calma en el país.
Las protestas piden su dimisión, la liberación del exmandatario Pedro Castillo, detenido desde el 7 de diciembre tras su intento de autogolpe de Estado, el cierre del Congreso y la Convocatoria de una asamblea constituyente.
Desde el 15 de diciembre entró en vigor en todo el país el estado de emergencia nacional por 30 días y en algunas provincias fue decretado toque de queda.
El nuevo Gabinete de ministros, que juró esta semana, iniciará un “amplio proceso de diálogo y concertación nacional” para salir de la actual crisis política, pedir el voto de confianza del Parlamento y gobernar en esta etapa de transición, según el premier Alberto Otárola.

Aunque se tratan de bonificaciones que se entregan en julio y diciembre a los trabajadores en el Perú, laboralmente son conceptos diferentes. El aguinaldo es un beneficio que perciben los trabajadores del sector público dos veces al año. Lo reciben los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N.º 276 y la Ley N.º 29944.
También los docentes universitarios, personal de salud, obreros permanentes y eventuales del sector público, personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, así como los pensionistas comprendidos en los regímenes de las leyes 15117, 19846, 20530 y 28091.
La gratificación, en cambio, se otorga en julio y diciembre al trabajador del régimen laboral privado. A diferencia del aguinaldo, esta equivale a una remuneración completa, siempre y cuando el trabajador haya laborado el semestre completo. De lo contrario, solo recibe una fracción del total.

A través de un Decreto Supremo publicado este viernes 23, Boluarte declaró en organización el Despacho Presidencial dos semanas después de la salida del expresidente Pedro Castillo. La dignataria realiza dichas acciones en el marco de la Ley N.º 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.
La referida norma declara al Estado Peruano “en un proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano”.
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